domingo, 14 de junio de 2009

El Despachador de Vuelos



Una de mis Profesiones es la de Despachador de Vuelo; y quisiera compartir en este espacio esa pasión por la Aeronáutica Civil de la cual me siento orgullosa de pertenecer.



Misión del Despachador de Vuelo:


La etapa de preparación de los vuelos no es tarea sencilla, requiere conocimientos previos que en la mayoría de los casos son adquiridos con experiencia, no basta con los conocimientos que uno adquiere al salir de un instituto educativo.

Una empresa aerocomercial, regular o no regular, necesita la preparación del vuelo y alguien calificado que la realice, siendo la persona capacitada y entrenada para tal fin el Encargado de operaciones de vuelo o Despachador de Vuelo, este profesional de la seguridad, altamente entrenado, es el nexo entre la autoridad aeronáutica y la empresa a la que presta servicios, una de sus funciones fundamentales es la de respetar y hacer respetar las normas nacionales e internacionales en lo que respecta al despacho de aeronaves y para ello posee las herramientas necesarias: reglamentos de vuelo, disposiciones, códigos, normas, etc, que las autoridades de su país pone a su disposición, contando a nivel internacional con organismos como la OACI y la Asociación Internacional de Transporte Aéreo, los Anexos 1 (Licencias al personal ) y 6 (Operaciones aéreas), de la OACI y el Manual de Transporte de Mercancías Peligrosas por Vía Aérea, de la IATA, son algunas de las herramientas a nivel internacional.
Una vez que el Despachador de Vuelo recibe su licencia aeronáutica, necesita tener ciertas habilitaciones para poder ejercer, que incluyen un reconocimiento de ruta, curso de gerencia de recursos de despacho y curso sobre mercancías peligrosas. Culminada la etapa de instrucción el Despachador de Vuelo novato necesita trabajar conjuntamente con un Despachador de Vuelo experimentado, por unos 90 días.
Se debe interpretar que el Despachador de Vuelo, en el cumplimiento de su misión, es solidariamente responsable con el piloto al mando en el despacho técnico-operativo de la aeronave, pero es notable que cuando de obligaciones se trate, en realidad no respetamos muchas de ellas, aunque de pena decirlo.
Otro de los puntos a tener en cuenta es la responsabilidad que conlleva admitir pasajeros, muchas veces se descuida y no se le da la importancia que se merece a esta tarea, tendríamos que verificar que los datos que nos brinda el sector de tráfico para poder confeccionar la hoja de carga coincidan con lo que realmente se encuentra a bordo de la aeronave.
También es necesario realizar cálculos de peso, lo que requiere respetar los pesos máximos estructurales y operativos de la aeronave, existen pesos que merecen estar en constante verificación y comparación para aseguramos que la aeronave pueda despegar de un aeropuerto en particular, en esta etapa se tienen que conocer los distintos tipos de pesos para poder desarrollar los cálculos precisos de despegue (el peso máximo de despegue, el peso máximo de aterrizaje, el peso máximo estructural de la aeronave, etc.), es en este momento cuando se calcula la carga comercial que llevará la aeronave (carga, correo, pasajeros y equipaje), sumando al peso de la aeronave con la tripulación técnica y de cabina más el peso del combustible, logramos saber si una aeronave se encuentra dentro de los límites de seguridad para el despegue, sin exceder los pesos máximos limitantes, se debe tratar de estar atento a todo lo relacionado en el vuelo, a la planificación, control y seguimiento. Al aplicar estos criterios básicos y, en particular, al atender a la necesidad de mantener la seguridad y eficiencia de las operaciones de las aeronaves, el Despachador de Vuelo debe planificar prudentemente, y calcular acertadamente el Peso y Balance de la Aeronave.
Con el advenimiento de mejor comunicación tierra-aire, es posible que un Despachador de Vuelo transmita a una aeronave la información que se haya recibido después de la salida del vuelo, con lo que aumenta el valor de asesoramiento "en vuelo", los ojos y odios del Despachador de Vuelo se ubican kilómetros más adelante que la propia aeronave, como adelantándose a los hechos, comprendiendo este concepto entendemos por qué el Despachador de Vuelo tiene que estar atento a los NOTAMS, meteorología en ruta, aeródromos de alternativa, desvíos, demoras en destino, tomas de decisiones, cancelaciones y la seguridad en general.
Obligaciones del Despachador de Vuelo
De acuerdo al Anexo 6 de la OACI, las funciones del Despachador de Vuelo son:
a) ayudar al piloto al mando en la preparación del vuelo y proporcionar la información pertinente requerida;
b) ayudar al piloto al mando en la preparación del plan operacional de vuelo y plan de vuelo ATS, firmar, cuando corresponda, y presentar el plan de vuelo ATS a la dependencia ATS apropiada;
c) suministrar al piloto al mando, durante el vuelo, por los medios adecuados, la información necesaria para realizar el vuelo con seguridad; y
d) en caso de emergencia, iniciar los procedimientos que se indiquen en el Manual de Operaciones.
De esto se desprende que el Despachador de Vuelo debe:
1) permanecer en su puesto hasta que se hayan terminado todos los vuelos a su cargo, a no ser que haya sido debidamente relevado;
2) confeccionar el despacho técnico de los vuelos, de acuerdo a la información meteorológica y en concordancia con lo establecido para cada caso en el Manual de Operaciones del explotador;
3) verificar que el reabastecimiento de combustible se lleve a cabo de acuerdo con lo determinado en el plan operacional de vuelo, cuidando, asimismo, que contemple las necesidades que surjan;
4) supervisar la admisión, pesaje y distribución de la carga, pasajeros y combustible, en consecuencia cuidará que el embarque de pasajeros, distribución de la carga y del combustible no se realice fuera de los términos establecido
Escuela de Aviación Guayana (SVPR)
Enlace Informativo: http://www.volarenvenezuela.com

domingo, 7 de junio de 2009

La Clonacion de Tarjetas de Debito y Credito

CLONACIONDE TARJETAS DE DEBITO Y CREDITO EN VENEZUELA

INTRODUCCION
El delito electrónico o fraude es una modalidad delictiva que en nuestro país viene en ascenso y que perjudica considerablemente a la ciudadanía al momento de realizar consultas, retiros o transferencias a través de medios electrónicos de la banca.
Especialistas en materia jurídica definen el delito informático o electrónico como toda conducta que revista características antijurídicas y culpables que atentan contra el soporte lógico de un sistema de procesamiento de información, sea sobre programas o datos relevantes, a través del empleo de las tecnologías de la información y que afectan a terceras personas.
En nuestro país este tipo de delitos se ha hecho cada vez más común, motivado fundamentalmente por la masificación del Internet y la facilidad de información a través de la web, situación que ha obligado al sistema bancario a nivel nacional a mantener una actualización constante de sus sistemas de seguridad en los cajeros automáticos y otros medios electrónicos a fin de resguardar a sus clientes.
“Existen diferentes modalidades para el fraude electrónico, uno de ellos tiene que ver con la mal llamada clonación de tarjetas, por ello el sistema bancario está avanzando en un cambio hacia la tecnología de Chip, se ha demostrado que esta es más efectiva en cuanto a la seguridad de la información de los clientes”,
La ley contra los delitos informáticos está vigente, por ello los departamentos de seguridad operativa y prevención de fraude de la banca han dictado charlas y cursos para empresas y usuarios del sistema bancario.

Formas deejecutar LA CLONACION DE TARJETAS
La forma de robar de los delincuentes consiste en instalar dispositivos electrónicos falsos sobre los cajeros. El mecanismo funciona por medio de una banda magnética y un aparato de alta tecnología capaz de leer y copiar la información de las tarjetas.
Ésta es la que contiene toda la información sobre el número de cuenta y el banco al que pertenece, así como los datos del cuenta habiente. Este aparato lo instalan sobre los cajeros, después de haber bloqueado con papeles o plásticos la abertura del cajero donde se introduce la tarjeta. Los delincuentes clonan las tarjetas por medio de dispositivos electrónicos denominados "pescadoras" que capturan la información contenida en la banda magnética del plástico de los clientes.
Las máquinas "pescadoras" son introducidas en los cajeros automáticos por los delincuentes en las noches y fines de semana y son dejadas allí durante cinco horas durante las cuales recaban información de los usuarios de los cajeros. Además utilizan las pantallas por circuitos idénticos a los de los cajeros, que son maquetas de los cajeros auténticos y son montados sobre éstos, cuando la persona introduce la tarjeta queda grabada toda la información, este método es utilizado en los cajeros alejados y solitarios.

El hecho de que las pólizas de seguros de los bancos no cubran los costos que implica el fraude electrónico al que está siendo sometido todo el sistema financiero público y privado es una de las principales preocupaciones que ha impulsado a la banca a tomar medidas urgentes para blindarse contra este delito. En tal caso, las entidades financieras deben responder con prontitud a todas las denuncias de usuarios cuyas cuentas bancarias hayan sido violentadas, según informó La SUDEBAN.
En tales casos no sólo la entidad financiera abre una investigación sino también la propia Sudeban para verificar la veracidad de la denuncia, a la que se le responde devolviéndose el dinero en 90% de los procesos. "Los bancos están haciendo un esfuerzo en este momento por mejorar sus sistemas de seguridad". Añadió que en caso de que los bancos no respondan a los reclamos por fraudes hechos a los clientes cuando éste sea demostrado, su despacho está en la obligación de aplicar multas a las entidades.

Para hacer las denuncias sólo se debe llenar los requisitos de la denuncia, se cita a la entidad bancaria y se hace un acto conciliatorio, los bancos proceden a hacer las investigaciones a través de sus oficinas de fraude y seguridad, para verificar la denuncia y proceder al reintegro del dinero, sin embargo en algunos casos éstos no proceden, en estos trámites se pueden pasar varios meses antes que el usuario de la tarjeta pueda disfrutar de su plata.

La banca sustituirá los actuales cajeros automáticos por el cajero 3D que ofrece mayor seguridad porque encripta la información.


Los bancos deben tomar medidas para garantizar la seguridad de las transacciones, y la inversión que deben hacer para evitar el fraude electrónico y la clonación de tarjetas de débito y crédito, no deben costearla los clientes, advierte la Superintendencia de Bancos (Sudeban)
"La banca está obligada a correr con los gastos. No puede ser que los costos los vayan a incluir en las tarifas o en las tasas de interés."
La banca sustituirá los actuales cajeros automáticos por el cajero 3D, que ofrece mayor seguridad, porque encripta la información. Si alguien dentro de un banco, por ejemplo, logra pescar la base de datos que contiene el cajero, no la podrá leer porque, además de necesitar un poderoso computador, requerirá más de un año tratando de desencriptarla. Tal tipo de cajero "aliviará el problema que tenemos hoy dentro de las entidades financieras, que es que a veces los delincuentes logran comprar a empleados de los bancos"
Ya la banca está trabajando en la sustitución de los cajeros, está contactando a los proveedores de los equipos, etc., pero la velocidad del cambio dependerá de la capacidad de inversión de cada banco.
Para enfrentar la clonación de tarjetas, la banca cambiará las actuales tarjetas de banda magnética por tarjetas con un chip. La solución incluye los puntos de venta inalámbricos para facilitar que el cliente no pierda de vista su tarjeta, pues el punto de venta le será llevado a sus manos. Todos los tarjetahabientes tendrán su nueva tarjeta en un lapso de dos años, pues ya se lograron acuerdos entre la Sudeban y la Asociación Bancaria de Venezuela (ABV).
Otro de los aspectos acordados entre Sudeban y la ABV, es mejorar la educación de los usuarios y clientes para que contribuyan a evitar los fraudes.
SUDEBAN afirma, que es muy elevado el número de quejas y reclamos de los usuarios de la banca por el fraude electrónico y la clonación.
Afirmó que la culpa no es de los clientes, sino de los bancos. Pero la banca "está respondiendo de modo positivo", y más de 90% de los reclamos ha sido satisfecho. Aún no hay cifras de las pérdidas de la banca, pero los fraudes siguen aumentando.
Los bancos saben que todo su prestigio se basa en la seguridad e integridad que brinden al dinero de los ahorristas. Es por ello que ante la ola de fraudes electrónicos que azota a toda la banca nacional han decidido tomar medidas a corto, mediano y largo plazo.
En los próximos meses todos los cajeros automáticos deben tener claves maestras individuales, de carácter secreto y confidencial. Asimismo, las llaves de trabajo o transporte entre cajeros automáticos y los bancos, y entre los bancos y redes, deben ser generadas de forma aleatoria; deben establecerse los procedimientos para garantizar el acceso seguro a los equipos por parte del personal autorizado por los bancos; y, por último, debe eliminarse el almacenamiento y registro de información sensible de archivos de los cajeros automáticos, punto de venta, autoservicios o cualquier dispositivo que posea banda magnética.
Actualmente se estudia la incorporación de un chip de seguridad que garantiza el blindaje en las tarjetas de débito y crédito. Sin embargo, una fuente consultada aseguró que esta tecnología no es la de vanguardia en el mundo sino los sistemas biométricos que funcionan con el reconocimiento retinar o de huellas digitales de los dedos índices. Sin embargo, estos mecanismos son mucho más costosos.
SITIOS DE MAYOR RIESGO DE DELITOS ELECTRONICOS
Fuentes de seguridad bancaria indicaron que las bandas de los llamados "tarjeteros" operan con mayor frecuencia en los estados Nueva Esparta, Anzoátegui y Bolívar, así como también en los hoteles cinco estrellas de las grandes ciudades.La razón es que en esos lugares es más probable encontrar a usuarios de cajeros automáticos que posean tarjetas internacionales. Una vez obtenida la información sobre sus cuentas, los "tarjeteros" se dirigen a países centroamericanos, especialmente Panamá, donde pueden hacer retiros de hasta 2.000 dólares en efectivo. La moneda estadounidense es revendida posteriormente en el mercado negro venezolano.
Los "tarjeteros" están divididos en zonas de influencia, y atacan a las instituciones financieras cuyas tecnologías de información son más vulnerables.Estos delincuentes conocen las deficiencias en seguridad de la información de los bancos debido a que poseen contactos con empleados de los departamentos de Sistemas, o trabajaron en ellos.
"Estos individuos viven como nómadas: van de ciudad en ciudad usando vehículos de lujo, y sacando plata. Están identificados. La policía sabe quiénes son, puesto que no son más de diez. Pero no los agarran porque siempre están en movimiento", señaló un asesor de seguridad bancaria.
OTRAS FORMAS DE FRAUDES ELECTRONICOS
1. El Cambiazo: Consiste en el cambio de tarjetas durante las operaciones que se realizan en cajeros automáticos. Se recomienda que el usuario no acepte ayuda de desconocidos, no pierda de vista de sus manos la tarjeta, ni facilite la clave secreta.
2. Colocación de pantallas falsas en cajeros: Consiste en la colocación de un aparato similar al cajero de un banco y con teclado que posee una pescadora. De esta manera los delincuentes logran apoderarse de la información de la banda magnética y la clave secreta. Se recomienda a los usuarios revisar el cajero antes de introducir la tarjeta y la clave, si se observa que está flojo absténgase de utilizarlo.
3. Colocación de cámaras en accesorios adheridos a los cajeros destinadas a capturar la clave secreta vía inalámbrica. Se recomienda la revisión del cajero automático antes de realizar cualquier transacción. Desconfiar de accesorios externos del cajero colocados cerca del teclado.
4. Jaqueo o transferencia y uso de tecnología de información para penetrar en el sistema bancario: Este tipo de delito es poco común en el país porque requiere de conocimientos de tecnología y de tiempo y generalmente el delincuente lo que quiere es dinero fácil y rápido.
5. Pishing o duplicar página web de la banca. Se crea una página web falsa para generar mensajes de correo para hacer creer al usuario de que la banca quiere actualizar sus datos. La banca reiteradamente informa a sus clientes que no envía este tipo de mensajes a sus clientes.
6. Bitching. Es una modalidad parecida al Pishing pero a través de la línea telefónica. El delincuente llama al cliente en nombre del banco para actualizar datos. Se recomienda abstenerse de suministrar información personal a través de llamadas telefónicas.
LEY ESPECIAL CONTRA LOS DELITOS INFORMATICOS
Gaceta Oficial Nº 37.313 del 30 de octubre de 2001

LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
DECRETA la siguiente,
TITULO II DE LOSDELITOS
Capítulo I De los Delitos Contra los Sistemas que Utilizan Tecnologías de Información
Artículo 6 Acceso Indebido Toda persona que sin la debida autorización o excediendo la que hubiere obtenido, acceda, intercepte, interfiera o use un sistema que utilice tecnologías de información, será penado con prisión de uno a cinco años y multa de diez a cincuenta unidades tributarias.
Artículo 7 Sabotaje o Daño a Sistemas Todo aquel que con intención destruya, dañe, modifique o realice cualquier acto que altere el funcionamiento o inutilice un sistema que utilice tecnologías de información o cualesquiera de los componentes que lo conforman, será penado con prisión de cuatro a ocho años y multa de cuatrocientas a ochocientas unidades tributarias.
Incurrirá en la misma pena quien destruya, dañe, modifique o inutilice la data o la información contenida en cualquier sistema que utilice tecnologías de información o en cuales quiera de sus componentes.
La pena será de cinco a diez años de prisión y multa de quinientas a mil unidades tributarias, si los efectos indicados en el presente artículo se realizaren mediante la creación, introducción o transmisión, por cualquier medio, de un virus o programa análogo.
Artículo 8 Favorecimiento Culposo del Sabotaje o Daño Si el delito previsto en el artículo anterior se cometiere por imprudencia, negligencia, impericia o inobservancia de las normas establecidas, se aplicará la pena correspondiente Según el caso, con una reducción entre la mitad y dos tercios.
Artículo 9 Acceso Indebido o Sabotaje a Sistemas Protegidos Las penas previstas en los artículos anteriores se aumentarán entre una tercera parte y la mitad, cuando los hechos allí previstos o sus efectos recaigan sobre cualesquiera de los componentes de un sistema que utilice tecnologías de información protegido por medidas de seguridad, que esté destinado a funciones públicas o que contenga información personal o patrimonial de personas naturales o jurídicas.
Artículo10 Posesión de Equipos o Prestación de Servicios de Sabotaje Quien importe, fabrique, distribuya, venda o utilice equipos, dispositivos o programas; con el propósito de destinarlos a vulnerar o eliminar la seguridad de cualquier sistema que utilice tecnologías de información; o el que ofrezca o preste servicios destinados a cumplir los mismos fines, será penado con prisión de tres a seis años y multa de trescientas a seiscientas unidades tributarias. Artículo11 Espionaje Informático Toda persona que indebidamente obtenga, revele o difunda la data o información contenidas en un sistema que utilice tecnologías de información o en cualesquiera de sus componentes, será penada con prisión de tres a seis años y multa de trescientas seiscientas unidades tributarias.
La pena se aumentará de un tercio a la mitad, si el delito previsto en el presente artículo se cometiere con el fin de obtener algún tipo de beneficio para sí o para otro.
El aumento será de la mitad a dos tercios, si se pusiere en peligro la seguridad del Estado, la confiabilidad de la operación de las instituciones afectadas o resultare algún daño para las personas naturales o jurídicas, como consecuencia de la revelación de las informaciones de carácter reservado.
Artículo 12 Falsificación de Documentos Quien, a través de cualquier medio, cree, modifique o elimine un documento que se encuentre incorporado a un sistema que utilice tecnologías de información; o cree, modifique o elimine datos del mismo; o incorpore a dicho sistema un documento inexistente, será penado con prisión de tres a seis años y multa de trescientas seiscientas unidades tributarias.
Cuando el agente hubiere actuado con el fin de procurar para sí o para otro algún tipo de beneficio, la pena se aumentará entre un tercio y la mitad.
El aumento será de la mitad a dos tercios si del hecho resultare un perjuicio para otro.
La Ley General de Bancos y Otras Instituciones Financieras en sus artículos217 Nº 8 y 235 Nº 3, expresa las atribuciones de la SUDEBAN respecto al problema en cuestión.
RECOMENDACIONES
Para prevenir el mal manejo de las tarjetas de crédito y débito siga estas recomendaciones:
* No pierda de vista su tarjeta. En comercios donde se la entrega a un dependiente considere un tiempo razonable para que ésta le sea devuelta.
* Revise a detalle su estado de cuenta. Verifique que el saldo corresponda al consumo.
* Si detecta un consumo que no realizó notifíquelo a su banco de inmediato.
* Antes de que deslicen por segunda vez su plástico pida que esperen a que llegue la autorización.
* Nunca acepte ayuda o sugerencias de extraños dentro de un cajero automático.
* No entregue su tarjeta a desconocidos o personas que le visiten en su domicilio a nombre del banco con la finalidad de darle una nueva tarjeta.
* Nunca debe estar condicionada la entrega de un premio o de un servicio contra la información o datos de la tarjeta de crédito. En todo caso verifíquelo con su banco.
* No revele su clave a nadie, ni la traiga consigo.
* Tenga a la mano los teléfonos para notificar robo o extravío.

Delitos Electrónicos
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